Agencia Poderes
Chiapas.- En las últimas horas, el Juez Quinto de Distrito otorgó un amparo para efectos a Pablo Salazar Mendiguchía en el marco del proceso penal que se le sigue por el Peculado de más de 104 millones de pesos del patrimonio de los chiapanecos, sin embargo, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas informó que esto no significa que el procesado vaya a obtener su libertad, por el contrario, abundó, continúa siendo procesado por éste y por los delitos de Homicidio en agravio de diversos recién nacidos muertos entre los años 2002 y 2003 en el Hospital General de Comitán; y por los delitos de Delincuencia Organizada y Manejo de Recursos de Procedencia Ilícita, casos en los que los argumentos presentados por el Ministerio Público continúan firmes.
Asimismo, la dependencia señaló que el amparo concedido por el Juez Federal no es definitivo, sino para el efecto de que la Primera Sala Regional en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia dicte una nueva resolución en la que detalle resolver el concurso de delitos penales que se cometieron y precise la temporalidad de la conducta consumativa del delito. Es decir, que precise cuándo se cometió el ilícito.
Por ejemplo, el Juez amparista refiere en su resolución que la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia señala una frase que dice: “En la época de los hechos”, para sostener y no especifica a qué época se refiere.
El Juez Federal precisa en su resolución que los efectos de la concesión del amparo no implica de manera directa que se deje en libertad a Pablo Salazar Mendiguchía por los delitos por el cual se le ejercitó acción penal, esto es por los delitos de Peculado, Ejercicio Indebido del Servicio Público, Abuso de Funciones Públicas, Abuso de Autoridad y Asociación Delictuosa.
Esto significa que los magistrados podrán confirmar el auto de formal prisión decretado en contra de Pablo Salazar Mendiguchía por los delitos mencionados, subsanando los requisitos formales precisados por el Juez de Distrito.
Finalmente, las probanzas presentadas por el Ministerio Público investigador son elementos suficientes para que la Sala Penal de pronuncie por un auto de formal prisión, una vez que observe los lineamientos expresados por el Juez amparista.
Criterios y argumentos que no se comparten con el Juez de Amparo dado que en la resolución dictada en el toca penal 151-A/2011 por la Primera Sala Regional en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia sí se encuentran definidos de manera clara y precisa qué tipos penales se acreditan y la probable responsabilidad penal atribuida a Pablo Salazar Mendiguchía en la comisión de los delitos señalados.
Ante el criterio sostenido por el Juez amparista, la representación social interpondrá el recurso legal correspondiente ante los Tribunales Federales.
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