Ante las resoluciones emitidas por el Juez Segundo de Distrito, quien obsequió amparos a favor de Pablo Salazar Mendiguchía y José Antonio Aguilar Bodegas, el primero de ellos por la muerte de los bebés del Hospital General de Comitán de Domínguez
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- Ante las resoluciones emitidas por el Juez Segundo de Distrito, quien obsequió amparos a favor de Pablo Salazar Mendiguchía y José Antonio Aguilar Bodegas, el primero de ellos por la muerte de los bebés del Hospital General de Comitán de Domínguez y al segundo por el delito de Asociación Delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita; la procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) emitió su posicionamiento.
En este sentido, la instancia procuradora de justicia en Chiapas dejó en claro que existen una serie de vicios jurídicos en ambas resoluciones, mismas que ya son analizadas para interponer los recursos legales que la Ley permite.
Entre ellas, la PGJE precisa que en el caso de la muerte de los bebés de Comitán la autoridad judicial, dentro de la misma resolución, acredita el cuerpo del delito y la probable responsabilidad penal de Pablo Salazar Mendiguchía, en razón de que el hecho de no haber destinado recursos económicos al Hospital General K de Comitán de Domínguez, trajo como consecuencia el fallecimiento de los recién nacidos Jesús Alejandro y Gerardo Morales Alfaro.
Además, el propio Juez consideró que existen en los autos las pruebas de que el procesado propició la falta de recursos para atender las necesidades del hospital.
Es decir, el Juez confirma que efectivamente, existen los elementos probatorios de la responsabilidad del entonces gobernador del estado, Pablo Salazar Mendiguchía, en la muerte de los bebés del Hospital General K de Comitán.
Por lo tanto, la Procuraduría de Chiapas rechaza el posicionamiento del mismo Juez al tratar de desvirtuar las investigaciones y pretender reclasificar el delito, pasando de Homicidio de Comisión por Omisión a Homicidio Culposo, este último con menor penalidad lo que le permitiría a Salazar alcanzar su libertad.
Sin embargo, la Procuraduría estatal a través de la figura del Fiscal del Ministerio Público presentó en su momento procesal oportuno las pruebas correspondientes que confirman que a la muerte de los gemelos Morales Alfaro, ya habrían muerto 22 menores más, por lo que Pablo Salazar Mendiguchía ya conocía los efectos de su falta de apoyo a dicho nosocomio y aún así, de acuerdo a las pruebas recabadas, continuó su venganza política.
En el marco de las investigaciones, sobresale la declaración ministerial del ex director del Hospital General K de Comitán, Raúl Belmonte Martínez, quien puntualizó que desde su llegada al nosocomio realizó gestiones para la dotación de recursos, los cuales nunca fueron suministrados, por el contrario, dijo, en el año 2002 hubo un recorte presupuestal que afectó la disponibilidad de materiales y recursos humanos.
Agregó que a mediados del año 2002, durante una reunión en Tuxtla Gutiérrez, “el propio Pablo Salazar Mendiguchía me dijo que no habría ningún tipo de apoyo económico para el hospital, posteriormente, en otro acercamiento, Ángel René Estrada Arévalo me hizo saber que el Gobernador dijo que no suministraría ningún tipo de recurso al Hospital General K, ni para ningún otro hospital de Comitán, toda vez que era la tierra del ex gobernador Roberto Albores Guillén”.
Por otra parte, el Juez segundo de Distrito no valoró la declaración ministerial del ex fiscal general del estado, Mariano Herrán Salvatti, quien manifestó haber recibido órdenes directas y precisas de Salazar Mendiguchía para archivar y decretar el no ejercicio de la acción penal en las más de 20 averiguaciones previas iniciadas por la muerte de los bebés.
En su momento, el gobierno de Chiapas recibió la recomendación 24/2004 por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la cual se expone la existían de múltiples irregularidades en el nosocomio, siendo las principales la falta de medicamentos, instrumental y equipos médicos en las áreas de gineco-obstetricia y pediatría, lo que contribuyó a la deficiente atención médica.
Y también, en su informe la CNDH recomendó al Gobierno de Pablo Salazar Mendiguchía “se sirva instruir al Procurador General de Justicia a efecto de que tome las medidas necesarias para que se integren y determinen conforme a derecho las averiguaciones previas iniciadas con motivo de los hechos, en atención a las consideraciones expuestas en el capítulo de observaciones del presente documento”.
Una más de las irregularidades en el actuar del Juez segundo de Distrito, señala la Procuraduría General de Justicia del Estado, se registró al momento de la notificación del juicio de amparo al tercero interesado, en este caso al padre de los bebés, José Antonio Morales López.
Destaca que la actuaria notificó un acuerdo inexistente, pero lo más grave es que la funcionaria pública afirmó haber mantenido comunicación con el propio padre de las víctimas, asentando en autos de manera textual que “manifestó que oye y recibe las copias de la presente notificación”.
Situación que no corresponde a la realidad de los hechos, toda vez que José Antonio Morales López es sordo mudo y requiere de un intérprete, como ha quedado demostrado en el expediente penal que obra en el Juzgado Segundo de Distrito.
Lo anterior se suma a la celeridad en la resolución de dicha solicitud de amparo, toda vez que en un mismo día el Juez resolvió los dos amparos a favor de Pablo Salazar Mendiguchía y José Antonio Aguilar Bodegas, expedientes que suman más de 50 mil fojas útiles.
En el caso particular del amparo concedido a Aguilar Bodegas, este fue resuelto en un plazo de 27 días hábiles, entre el 28 de noviembre y el tres de enero.
Respecto a la resolución emitida en relación al proceso que se sigue en contra de José Antonio Aguilar Bodegas por los delitos de Asociación Delictuosa y Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en la que le fue concedido el amparo para evitar que sea ejecutada la orden de aprehensión girada en su contra; la Procuraduría de Chiapas advierte que:
El juez federal resolvió amparar y proteger a José Antonio Aguilar Bodegas al considerar que no se acreditan ambos delitos, considerando que el origen de los casi 500 millones de pesos destinados a una cuenta de HSBC, mismos que estaban bajo el nombre de uno de los empleados de la extinta discoteca Classico, no eran ilícitos.
Lo anterior, a pesar de que el propio empleado declaró haber sido coaccionado a firmar para la apertura de diversas cuentas bancarias de las cuales no sabía su origen ni el fin del dinero que ahí era depositado.
Asimismo, sostuvo que al acudir en una ocasión a una sucursal bancaria conoció que una de las cuentas a su nombre tenía 500 millones de pesos, a pesar de nunca haber dejado de obtener un sueldo de aproximadamente siete mil pesos mensuales.
Este sujeto agregó que conoció de los manejos ilícitos al interior del Consorcio Álvarez Puga, dirigido por José Antonio Aguilar Bodegas, por algunos de sus compañeros quienes le manifestaron que por hacerse pasar por dueños de algunas empresas, recibían mensualmente dos mil pesos en efectivo.
En este tenor, la instancia local considera que no fue analizado el manejo de cantidades millonarias vertidas en cuentas desde las cuales se realizaron diferentes depósitos a favor de Pablo Salazar Mendiguchía y el propio José Antonio Aguilar Bodegas, este último quien percibía un sueldo mensual de 1.5 millones de pesos, lo que no correspondía con su declaración patrimonial.
De esta forma, la Procuraduría General de Justicia del Estado refrenda su firme respeto al Poder Judicial Federal, pero no comparte los criterios emitidos por el Juez Segundo de Distrito en los amparos concedidos a favor de Pablo Salazar Mendiguchía y José Antonio Aguilar Bodegas, ya que que dicha autoridad no valoró todas y cada una de las pruebas presentadas por el Ministerio Público investigador.
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