martes, 24 de febrero de 2009
Responsabiliza la Corte de desacato a presidente de Congreso de Chiapas.
Ciudad de México.-- La Suprema Corte determinó que el presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Chiapas, así como quien resulte responsable, incurrieron en desacato a una suspensión otorgada al alcalde de Pijijiapan para no ser destituido.
Por unanimidad, el pleno de ministros resolvió que el entonces presidente de esa instancia legislativa, Juan Antonio Castillejos Castellanos, violó la suspensión otorgada al presidente municipal de Pijijiapan, Julio César Arreola, para conservar el cargo.
Derivado de una controversia constitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la reinstalación de Arreola Carrasco, a fin de que concluyera su periodo como alcalde, del 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre 2007. Sin embargo, el Legislativo estatal lo destituyó bajo el argumento de que el edil había cometido diversos delitos.
El alcalde fue detenido por la Policía Ministerial y por orden de un juzgado local, a petición de Isaías Ochoa Espinoza, quien fue nombrado en su lugar, se le imputó el delito de sedición al oponer resistencia a dejar el cargo.
La SCJN resolvió que el Congreso local tuvo responsabilidad indirecta en la desobediencia a dicha resolución, pero los ministros determinaron que el principal responsable es Juan Antonio Castillejos, por lo que darán vista al Ministerio Público para que sea consignado por desacato a una autoridad judicial.
Asimismo rechazaron dar vista directa a un juzgado sobre este delito y, por el contrario coincidieron en que debía ser el Ministerio Público el que elabore el pleno de consignación y en su caso, finque responsabilidades a otros funcionarios.
De igual manera, la Suprema Corte resolvió que ni la autoridad ministerial ni el presidente municipal sustituto, Isaías Ochoa, violaron la suspensión otorgada por la Corte a Julio César Arreola, no así las autoridades judiciales que intervinieron en el caso.
Arreola Carrasco fue destituido mediante juicio político, acusado de varios delitos como peculado y ejercicio indebido del servicio público, pero la SCJN no hizo pronunciamientos en ese sentido y se ciñó a la queja interpuesta por el desacato a la suspensión.
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